Sullana.
Simplemente fueron engañados. De acuerdo a la Ley de Formalización de la
Propiedad Informal de terrenos ocupados por posesiones informales, Centros
Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares, los certificados de posesión
entregados por la Municipalidad de Sullana en la zona denominada “Ampliación
del asentamiento humano Jesús María” y Parque de La Amistad, no tienen valor.
En igual situación están los certificados de posesión entregados en las demás
invasiones realizadas a terrenos de propiedad privada.
En
primer lugar, cabe precisar que es objeto de la mencionada ley, declarar de
interés nacional la formalización de la propiedad informal, con su respectiva
inscripción registral, respecto a los terrenos ocupados por posesiones
informales, centros urbanos informales, urbanizaciones populares y toda otra
forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios que estén constituidos
sobre inmuebles de “propiedad estatal” con fines de vivienda, en ninguna parte
dice “terrenos de propiedad privada”.
Asimismo
en el artículo 2 de la mencionada en lo referente al “Ambito de Aplicación” se
indica claramente que “la Ley comprende a aquellas propiedades informales que
se hubiesen constituido sobre inmuebles de propiedad estatal, hasta el 31 de
diciembre del 2001”.
¿Qué dice la ley sobre los terrenos privados?
Ley
de la Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos ocupados por posesiones
informales y Urbanizaciones Populares, en el artículo 10 inciso 1 señala:
“Durante las acciones de formalización de la propiedad informal, a que se
refiere la presente Ley, que se encuentren en terrenos de propiedad privada,
las municipalidades provinciales “sólo” podrán propiciar los procesos de
conciliación entre titulares del derecho de propiedad y ocupantes, salvo los
casos de regularización del tracto sucesivo o de prescripción adquisitiva de
dominio, los que se inician administrativamente ante las municipalidades
provinciales”, en ese sentido el alcalde y los funcionarios pueden ser
denunciados por el ilícito de haber otorgado Certificados de Posesión de
terrenos que son de propiedad privada.
No respetaron que era propiedad privada
Al
respecto, Santos Ismael Córdova Adrianzen, propietario de un terreno de 5.60
has. en Cineaguillo Sur de acuerdo a ficha registral N° 10,527 y Contrato de
Otorgamiento de Terrenos Eriazos N° 039 del Ministerio de Agricultura, denunció que funcionarios del área de
Catastro Urbano de la Municipalidad de Sullana en evidente campaña electorera
irrumpieron en el terreno de su propiedad, levantaron un estrado y procedieron
a la entrega de certificados de posesión.
Según
da cuenta Córdova Adrianzen, su terreno está ubicado a inmediaciones del
asentamiento humano Jesús María, el mismo que ha sido invadido por una grupo de
familias, con las que viene sosteniendo un litigio para desalojarlas, “lo cual
es de conocimiento del alcalde, puesto que con fecha 20 de febrero de este año
le hice llegar un escrito haciéndole conocer lo sucedido y que se abstenga de
estar haciendo visitas a los invasores para empadronarlos”.
Denuncia penal
Al
no encontrar respuesta, si no, mas bien que se había procedido hacer la entrega
de certificados de posesión en una evidente campaña electorera, Córdova
Adrianzén, ha formulado denuncia penal contra el alcalde Jaime Bardales Ruiz,
funcionarios del Area de Catastro Urbano y todos los participaron el 21 de
agosto en la ceremonia de entrega certificados de posesión de su terreno, “por
evidente abuso de autoridad, puesto que estamos en un estado de derecho, y
ninguna autoridad por mas envestidura que tenga puede expedir certificados de
posesión en una propiedad privada”.
Parque de La Amistad
Otro
caso muy sonado en Sullana, es la invasión al terreno del parque de La Amistad,
ya que la municipalidad desconoció sus propios planos donde el terreno no es
zona de expansión urbana, sino de recreación, y se establece como “zona de
riesgo” pues es relleno de una cangrejera sucedida en 1983 y 1998. A parte de
ello el 50 % del terreno invadido tiene dueño, es de propiedad privada.
Según
información proporcionada, en la municipalidad saben y conocen de los
documentos que avalan dicha propiedad, pues se ingresaron a la comuna, mucho
antes de la dación de los cuestionadísimos Certificados de Posesión. La
historia de propiedad se remonta al 20 de Octubre de 1942, mediante compra
venta de acciones y derechos hereditarios con minuta 1032, según consta en el
Archivo Regional de Piura con el Testimonio de Escritura Pública de
Ratificación de compra venta N° 4435 a fojas 4318 del 14 de Setiembre de 1954
ante el extinto notario Álvaro L. Mendoza a favor de Petronila Nole Girón de
Gonzales. Así lo hace constar el documento que rubrica, sella y firma Nelly
Chunga de Merino, directora del Archivo Regional de Piura, quien incluso hace
expresa constancia que doña Pelagia Gonzales de Campoverde, hija de la extinta
propietaria, está autorizada para inscribir en la Superintendencia Nacional de
Registros Públicos (SUNARP) el Testimonio de Escritura Pública.
Según
el Plano de Localización, el Plano Perimétrico y la memoria descriptiva, las
medidas y linderos del predio urbano según sus coordenadas georeferenciadas se
trata de un rectángulo de 125 varas ¾ por 70 varas. Dicho en medidas actuales
se trata de 78.375m x 58.52m. Haciendo un perímetro de 273.79 metros lineales y
un área de 4585.02 metros cuadrados.
(Nota de
prensa publicada en el quincenario EL TALLÁN INFORMA, Año VI - Edición Nº 34 - Sullana, octubre del 2010)
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